martes, 31 de enero de 2017

Facua reclama a Alsa que reabra la taquilla

Noticia publicada en Conecta Bidasoa,el martes día 31 de Enero de 2017.

Facua reclama a Alsa que reabra la taquilla

La asociación recuerda que la sustitución del personal por una máquina expendedora en la estación resta posibilidades a los usuarios y discrimina a personas mayores o con discapacidad



Taquilla de Alsa cerrada. / Oihana Sánchez
Facua reclama a la compañía de autobuses Alsa la reapertura de la taquilla de la estación de Irun, sin operación desde el pasado verano. La asociación ha recibido las quejas de numerosos usuarios que ven limitados sus derechos como consumidores, dado que la máquina expendedora que sustituye al personal no permite la cancelación o modificación de los billetes de autobús, la recarga de los bonos de transporte, ni tampoco la aplicación de los descuentos contemplados para algunos casos (carnet joven, de estudiante, de pensionista, etc.).
La asociación ha remitido a la compañía un escrito a instancias de su delegación territorial en Euskadi en el que le expone su reclamación y le recuerda que esta sustitución de una taquilla por una máquina expendedora es especialmente discriminatoria para personas mayores, que puedan no disponer de conocimientos suficientes para el uso de estas máquinas, o de usuarios con algún tipo de discapacidad que no puedan hacer un uso completo de las mismas.
En este sentido, Facua indica en su escrito que “todas las personas físicas o jurídicas que, en el sector público o privado, suministren bienes o servicios disponibles para el público (…) estarán obligadas, en sus actividades y en las transacciones consiguientes, al cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, evitando discriminaciones, directas o indirectas”, de acuerdo al artículo 29 de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013).
Además, la máquina expendedora sufre constantes averías, de acuerdo a la información facilitada por varios usuarios del servicio a la asociación, agravando el perjuicio causado a los consumidores, dada la imposibilidad de adquirir billetes durante largos periodos de tiempo.
Facua también ha tenido conocimiento de que la única alternativa cuando se produce algún problema o la máquina no funciona es utilizar un teléfono de atención al cliente con prefijo 902, algo prohibido por la Ley General para la Defensa de los Derechos de los Consumidores y que será denunciado por la asociación ante las autoridades de consumo correspondientes en los próximos días.
La asociación recuerda que la citada norma establece en su artículo 21 que los teléfonos de atención al cliente en los sectores donde no sea obligatoria su gratuidad (telecos, electricidad y gas) no pueden suponer “un coste superior al de la tarifa básica”, por lo que, si son de pago, solo resultan admisibles líneas móviles o fijos con prefijo geográfico. El texto transpone al ordenamiento jurídico español la directiva europea de derechos de los consumidores (Directiva 2011/83, de 25 de octubre de 2011).
Asimismo, el pasado noviembre, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Maciej Szpunar manifestó que considera ilegal el uso de este tipo de líneas de alto coste. Lo hizo después de que el Tribunal Regional de Stuttgart (Alemania) plantease una cuestión prejudicial ante el TJUE para aclarar si la directiva sobre los derechos de los consumidores prohíbe la utilización de teléfonos de atención al cliente cuyas tarifas superan las que los usuarios pagan por llamadas a líneas fijas con prefijos geográficos o números móviles estándar.

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