Mugan solicita medidas de protección
para el pequeño comercio
La Asociación de Comercio, Hostelería y Servicios de Irún lanza un SOS y traslada
al Ayuntamiento de Irun las medidas que considera urgentes para hacer frente a la
crisis social y económica derivada de la COVID-19
Mugan ha solicitado en las últimas horas protección para el pequeño comercio irunés y ha trasladado al Ayuntamiento de Irun las medidas que considera más urgentes para hacer frente a la crisis social y económica derivada de la COVID-19.
La asociación entiende que si no se toman las medidas propuestas, supondrá una hecatombe para la economía irunesa, con la pérdida de puestos de trabajo y la quiebra nunca vista de empresas y autónomos en el sector comercial y hostelero. «Mugan solicita al Ayuntamiento de Irun que se adopten de forma inmediata las medidas que desde nuestra organización consideramos de aplicación urgente para evitar el cierre masivo de pequeños negocios, con la consiguiente pérdida de tejido económico, y por lo tanto, su activo más importante, sus trabajadores, tanto autónomas y autónomos como trabajadoras y trabajadores por cuenta ajena. Somos conscientes y respaldamos la decisión tomada con la puesta en marcha del estado de alerta para preservar la salud de la población y combatir la COVID-19, pero también es cierto que los grandes perjudicados de la misma son el sector comercial que ya está padeciendo de una forma brutal dichas medidas. Que el estado de alarme no arrase nuestros pequeños negocios, sin ingresos no se pueden pagar cuotas e impuestos».
Desde Mugan dirigen al consistorio las siguientes peticiones:
1. Superación de la crisis sanitaria para el conjunto de la ciudadanía de Irún
2. Reconocimiento de la labor que están desempeñando las pequeñas tiendas de proximidad, las del barrio, las de toda la vida…
3. Supresión del pago del IBI (del año en curso), supresión del pago de tasa de agua y basuras y supresión del pago por la ocupación de vía pública de los elementos de hostelería y comercio (del año en curso)
4. Plan de reconstrucción del pequeño comercio y la hostelería para cuando pase la crisis, con ayudas económicas para los comerciantes y campañas de incentivación del consumo en los pequeños negocios de la ciudad
2. Reconocimiento de la labor que están desempeñando las pequeñas tiendas de proximidad, las del barrio, las de toda la vida…
3. Supresión del pago del IBI (del año en curso), supresión del pago de tasa de agua y basuras y supresión del pago por la ocupación de vía pública de los elementos de hostelería y comercio (del año en curso)
4. Plan de reconstrucción del pequeño comercio y la hostelería para cuando pase la crisis, con ayudas económicas para los comerciantes y campañas de incentivación del consumo en los pequeños negocios de la ciudad
La asociación también trasladará al resto de instituciones (Diputación Foral de Gipuzkoa, Gobierno Vasco y Gobierno central) las siguientes peticiones:
1. Supresión del pago de todo tipo de tasas e impuestos mientras duren las medidas de confinamiento y cierres de negocios decretadas por el ejecutivo.
2. Exención inmediata, que no aplazamiento ni recargos, de las retenciones a cuenta, en el pago del 100 % en las cuotas de la Seguridad Social de autónomos y trabajadores de la empresa, durante los próximos seis meses para aquellos que sigan manteniendo la actividad. Siempre que su actividad haya disminuido al menos un 20%.
3. Prestación económica a los autónomos y sus trabajadores por cese de actividad durante como mínimo seis meses. Prorrogables en función de si se mantienen por el estado de alarma las medidas de cierre obligatorio de negocios y empresas.
4. Ayuda económica del 100% del coste de los alquileres de los locales comerciales en los que vienen realizando su actividad los empresarios y autónomos, durante el tiempo en que el confinamiento esté en vigor.
5. Poner a disposición de empresas y autónomos, y de forma directa, por medio del Instituto de Crédito Oficial (ICO), sin tener que pasar por la mediación de las entidades bancarias, la obtención de créditos blandos sin intereses, y sin cargas de las entidades financieras, tales como comisiones o gastos de apertura, amortización parcial o total y cancelación de los créditos suscritos
6. Aplazamiento sin penalización, de los vencimientos con bancos o aplicación de carencias que se traspasarían al final de la vida del crédito/préstamo (exención de los intereses de aquellos créditos que tenga el comerciante y autónomo), así como el aplazamiento de pago a proveedores. Flexibilización y reducción al 0,001% el coste de comisión bancaria para las operaciones de pago realizadas a través de tarjetas de pago (modalidad de pago aconsejada por el Gobierno Central y Autonómico, como medida importante de prevención para evitar el contagio por COVID- 19)
7. Flexibilidad para facilitar ERTEs si la situación decretada por el estado de alarma se mantiene, para que el coste de la plantilla no lleve al cierre definitivo de los negocios. En estos ERTEs deberían de incluirse también a los autónomos, así como a aquellos comercios obligados a permanecer abiertos que se enfrenten a una situación económica insostenible o hayan reducido su jornada laboral, ya sea la de los trabajadores o del propio autónomo gestor del comercio.
8. Electricidad, telecomunicaciones y seguros: descontar de las facturas, en las cuotas fijas, la parte proporcional de los días que el establecimiento ha permanecido cerrado. Facilitar el pago atrasado de las facturas generadas durante el período de cierre.
9. Proveedores: Atraso automático de pagos equivalente a dos veces los días de cierre.
10. Ayuda económica para aquellos comercios que no han cesado en su actividad y que están prestando un servicio de calidad a la ciudadanía y han tomado todas las medidas de prevención impuestas por el estado de alarma. A estos establecimientos le será de aplicación las reducciones de coste de electricidad, telecomunicaciones, seguros y cualquier otra aplicables a los comercios cerrados, en la parte proporcional a la disminución de su facturación durante los días que dure el estado de alerta impuesto.
2. Exención inmediata, que no aplazamiento ni recargos, de las retenciones a cuenta, en el pago del 100 % en las cuotas de la Seguridad Social de autónomos y trabajadores de la empresa, durante los próximos seis meses para aquellos que sigan manteniendo la actividad. Siempre que su actividad haya disminuido al menos un 20%.
3. Prestación económica a los autónomos y sus trabajadores por cese de actividad durante como mínimo seis meses. Prorrogables en función de si se mantienen por el estado de alarma las medidas de cierre obligatorio de negocios y empresas.
4. Ayuda económica del 100% del coste de los alquileres de los locales comerciales en los que vienen realizando su actividad los empresarios y autónomos, durante el tiempo en que el confinamiento esté en vigor.
5. Poner a disposición de empresas y autónomos, y de forma directa, por medio del Instituto de Crédito Oficial (ICO), sin tener que pasar por la mediación de las entidades bancarias, la obtención de créditos blandos sin intereses, y sin cargas de las entidades financieras, tales como comisiones o gastos de apertura, amortización parcial o total y cancelación de los créditos suscritos
6. Aplazamiento sin penalización, de los vencimientos con bancos o aplicación de carencias que se traspasarían al final de la vida del crédito/préstamo (exención de los intereses de aquellos créditos que tenga el comerciante y autónomo), así como el aplazamiento de pago a proveedores. Flexibilización y reducción al 0,001% el coste de comisión bancaria para las operaciones de pago realizadas a través de tarjetas de pago (modalidad de pago aconsejada por el Gobierno Central y Autonómico, como medida importante de prevención para evitar el contagio por COVID- 19)
7. Flexibilidad para facilitar ERTEs si la situación decretada por el estado de alarma se mantiene, para que el coste de la plantilla no lleve al cierre definitivo de los negocios. En estos ERTEs deberían de incluirse también a los autónomos, así como a aquellos comercios obligados a permanecer abiertos que se enfrenten a una situación económica insostenible o hayan reducido su jornada laboral, ya sea la de los trabajadores o del propio autónomo gestor del comercio.
8. Electricidad, telecomunicaciones y seguros: descontar de las facturas, en las cuotas fijas, la parte proporcional de los días que el establecimiento ha permanecido cerrado. Facilitar el pago atrasado de las facturas generadas durante el período de cierre.
9. Proveedores: Atraso automático de pagos equivalente a dos veces los días de cierre.
10. Ayuda económica para aquellos comercios que no han cesado en su actividad y que están prestando un servicio de calidad a la ciudadanía y han tomado todas las medidas de prevención impuestas por el estado de alarma. A estos establecimientos le será de aplicación las reducciones de coste de electricidad, telecomunicaciones, seguros y cualquier otra aplicables a los comercios cerrados, en la parte proporcional a la disminución de su facturación durante los días que dure el estado de alerta impuesto.
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