Condenados los dueños de cinco tiendas de Irun por la venta de marcas falsificadas
Las penas oscilan entre multas por un importe de 650 euros y medidas de prisión de entre 6 y 15 meses
- JAVIER PEÑALBA | SAN SEBASTIÁN
Los dueños de cinco establecimientos comerciales ubicados en la frontera de Irun han sido condenados por vender prendas y complementos de marcas falsificadas. Otros dos propietarios han sido absueltos. Las penas oscilan entre multas por un importe de 650 euros y medidas de prisión de entre 6 y 15 meses. A todos ellos se les atribuye un delito contra la propiedad industrial. La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 5 de Donostia, no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.
El procedimiento tiene su origen en dos operaciones efectuadas por funcionarios de la Brigada Provincial de la Policía Judicial de San Sebastián. La primera de ellas se desarrolló el 15 de julio de 2009. Los agentes llevaron a cabo una intervención en varios locales ubicados en la zona comercial de Ficoba, en la Avenida de Iparralde de la ciudad fronteriza, en los que se había detectado la venta de bolsos, pañuelos, gafas de sol, monederos, cinturones y diversas prendas textiles que podrían ser falsificaciones de reconocidas marcas de prestigio nacionales e internacionales. Estos complementos portaban los logotipos y signos identificativos de dichas firmas, si bien se distribuían a un precio muy inferior al normal.
Los artículos falsificados eran prácticamente réplicas de los originales, de manera que se confundían con las prendas genuinas de las prestigiosas marcas. La finalidad de los acusados era, según argumentó la Fiscalía de Gipuzkoa durante el juicio, obtener un ilícito enriquecimiento patrimonial, aún cuando eran conscientes de que no tenían el permiso de las marcas para venderlas.
Los agentes policiales al frente del dispositivo intervinieron productos de las casas Louis Vuitton, Loewe, Chanel, Adidas, Emporio Armani, Carolina Herrera, Harley Davison, Hugo Boss, Lacoste, Kappa, Nike, Real Madrid Club de Fútbol, entre otras muchas. Precisamente, la operación contra estos comercios se inició cuando el representante legal de una sociedad deportiva de fútbol formuló una denuncia según la cual en varios establecimientos comerciales de la zona se ofertaban de manera irregular productos de la marca de la que él era representante.
Los agentes de la Brigada comprobaron la certeza de lo denunciado al constatar que en numerosos establecimientos abiertos al público se exhibían prendas deportivas falsificadas, por lo que procedieron a su intervención. Durante la operación se pudo comprobar que no sólo vendían artículos de la marca deportiva denunciada, sino también de otras relacionadas con clubes de la máxima categoría, tanto nacionales como europeos, y todas ellas con etiquetas de grandes diseñadores.
Idénticos
Los productos de las marcas Calvin Klein, Diesel, Dolcce Gabana, Emporio Armani, y Hugo Boss, en algunos casos eran idénticos o «susceptibles de ser confundidos con los productos de las marcas originales», pero en otros casos pertenecían a otras marcas registradas, como Creaciones Kamal, Dream and Game, Esport Aguila, Super Diesel, Motor Diesel y BO55, «con las que no existía riesgo de confusión», según se indica en la sentencia.
En los restantes casos, los productos indicados tenían logotipos, signos, formas y dibujos, iguales o casi iguales a los de las marcas originales, pero no habían sido fabricados por estas, ni tenían las etiquetas propias de la marca.
El número de prendas y elementos que fueron intervenidos en cada uno de los establecimientos se contaban por cientos.
Un año más tarde, en julio de 2010, la misma brigada policial llevó a cabo una nueva intervención en los locales, en dos de los cuales hallaron nuevamente productos falsos de la marca Louis Vuitton. Entre los efectos había llaveros, colgantes, cinturones, carteras, monederos, bufandas...
En la resolución judicial, la magistrada María Francisca Fustero, considera que de las pruebas que se han podido practicar concurren suficientes elementos para destruir la presunción de inocencia de cuatro de los acusados.
Las defensas argumentaron que las imitaciones de las marcas eran tan burdas, de tan baja calidad y con unos precios tan reducidos respecto a los originales, que nadie podría pensar que son auténticas. Sin embargo, la juez precisa que esta argumentación no es válida para otro tipo de marcas que no son de lujo, tales como Nike, Reebook, Adidas, u otras firmas deportivas, más accesibles al público en general, que sí se venden en multitud de comercios y a precios menores. «Es decir, la confusión no solo de signos, sino también de productos es más evidente si se compra una camiseta de Nike o Adidas por un precio de 20 euros, o una camiseta del Real Madrid. Probablemente, las calidades o acabados de estas prendas no van a delatar que se trata de una falsificación, porque no se trata de productos de tan alta calidad y no son tan exclusivos», se destaca en la sentencia.
Sin autorización
La juez, asimismo, señala que no consta que ninguno de los establecimientos regentados por los acusados contase con autorización para la distribución de los productos, no sólo respecto a los de marcas de lujo, «los cuales cuentan con redes de distribución muy limitadas en espacios exclusivos, sino tampoco respecto a los productos de marcas deportivas».
De esta forma, dos de los acusados han sido condenados a seis meses de prisión así como al pago de multas y un tercero ha sido sentenciado a 15 meses y un día. Otra comerciante han sido condenada a un multa de 650 euros.
Los condenados, además, deberá indemnizar a las marcas perjudicadas con una cantidad que se determinará cuando se proceda a la ejecución de la sentencia. Entre ellas nofiguran Calvin Klein, Diesel, Dolcce Gabana, Hugo Boss y Emporio Armani por no haberse individualizado correctamente sus productos.
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