Un hombre ha sido condenado este jueves a dos años de cárcel por agredir sexualmente en un piso de Irun a una mujer que se encontraba dormida, en estado de ebriedad, tras haber ingerido bebidas alcohólicas. Durante el juicio por estos hechos, celebrado en la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa, el inculpado, que ya ha indemnizado con 3.000 euros a la perjudicada, ha admitido los hechos y ha alcanzado un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y con la acusación particular, que inicialmente reclamaban siete años de prisión para el inculpado.

De esta manera, han accedido a aplicarle las atenuantes de embriaguez y de haber reparado el daño causado, por lo que además de los dos años de reclusión impuestos y la indemnización abonada, también deberá permanecer cinco años en situación de libertad vigilada. Asimismo, el inculpado no podrá comunicarse con su víctima ni aproximarse a ella durante el mismo período de tiempo, en el que además estará inhabilitado para cualquier oficio o actividad relacionada con las personas menores de edad.

No obstante, el procesado no ingresará en prisión, al haberle sido suspendida la pena de cárcel con la condición de que no vuelva a delinquir en los tres próximos años y de que siga un curso de reeducación sexual. Según recoge el escrito de acusación del Ministerio Público, al que ha tenido acceso EFE, los hechos sucedieron sobre las siete de la tarde del 13 de febrero de 2021, cuando la chica estuvo tomando unas copas con una amiga en un bar.

Sobre las diez horas, la perjudicada acudió junto a otras personas, entre las que se encontraba el procesado, a un domicilio de la misma ciudad "para seguir bebiendo", si bien "comenzó a sentir sueño y se tumbó en la cama de una de las habitaciones" en la que se quedó dormida debido a la previa ingesta de alcohol.

El documento del Ministerio Público detalla que en ese instante el inculpado se colocó junto a la mujer y, "aprovechando el estado en el que se encontraba", la desnudó de cintura para abajo y la agredió "con ánimo libidinoso" y "sin el consentimiento" de la víctima.

Tres días más tarde, el 16 de febrero, un juzgado dictó un auto de protección que impedía al encausado aproximarse a la mujer y comunicarse con ella durante la tramitación de la causa judicial.