Condenado a 2 años por maltratar a su mujer y al hijo de ésta, menor de edad
La resolución judicial precisa que, desde el inicio de la convivencia, el hombre «ejerció sobre su pareja violencia psíquica y física habitualmente, en forma de insultos, empujones y bofetones»
- EFE
Un hombre ha sido condenado a dos años y medio de cárcel por maltratar física y mentalmente a su mujer de forma habitual en el domicilio familiar de Hondarribia, donde también agredió en varias ocasiones al hijo de su esposa.
Según la sentencia del caso, la víctima y el procesado mantuvieron una relación sentimental entre los años 2002 y 2012, y en el año 2010 contrajeron matrimonio.
La resolución judicial precisa que, desde el inicio de la convivencia, el hombre "ejerció sobre su pareja violencia psíquica y física habitualmente, en forma de insultos, empujones y bofetones", además de controlar su forma de vestir y sus relaciones sociales.
Asimismo, "con la intención de quebrantar la tranquilidad de su pareja", el inculpado "creó un clima de angustia y miedo mediante el uso de la violencia y la sometió a continuas vejaciones e insultos" con lo que provocó en ella "un estado de sumisión".
El escrito cita un episodio concreto durante el que el inculpado, "tras una discusión originada por que no permitía a su esposa ponerse unos zapatos, le pegó una bofetada tan fuerte que le arrancó uno de los pendientes que llevaba".
"A lo largo de la relación -prosigue la sentencia- el acusado llegó a esgrimir un cuchillo frente a ella, con el fin de atemorizar a su pareja, mientras la intimidaba" diciéndole que la iba a "desgraciar".
En otra oportunidad, mientras ambos viajaban en coche, en el curso de una discusión, el acusado golpeó a su compañera "en repetidas ocasiones" mientras le insultaba y le amenazaba con entregarla a la Policía para que la deportaran.
Aproximadamente en agosto de 2006, tuvo lugar un nuevo enfrentamiento en el domicilio familiar durante el que empujó a la mujer "haciéndola caer al suelo, donde le propinó constantes puñetazos y agarrones en el cuello".
En abril de 2011, también en la vivienda de la pareja, el hombre pegó una bofetada al hijo menor de edad de su esposa en la parte izquierda de la cara.
"Meses más tarde -prosigue el documento-, tras una disputa por motivos domésticos, agarró al niño fuertemente de la oreja, al tiempo que le clavaba una uña y le apretaba con fuerza el brazo izquierdo".
Tras el cese de la relación sentimental, sobre abril de 2012 y hasta enero de 2013, el imputado, que no aceptó la ruptura, comenzó a llamar por teléfono "constantemente" a su víctima y a mandarle mensajes "actuando con la intención de hostigarla e intimidarla", lo que le impedía "desarrollar con normalidad su vida cotidiana".
El 22 de enero de 2013, se dictó una orden de protección en favor de la mujer, que el hombre "incumplió reiteradamente" con llamadas al móvil de su víctima, el envío de correos electrónicos y coincidiendo con ella en el hipermercado y en un aparcamiento, ya que mantenía "una actitud vigilante" hacia su expareja.
Como consecuencia de estos hechos, la perjudicada padecía "una afectación psicológica en forma de ansiedad y miedo, compatible con la vivencia de acoso y amenazas de muerte tras la separación, así como una afectación social en forma de 'desadaptación' en ámbitos de inserción y relación reseñables de su vida, compatible con la situación de violencia denunciada".
Durante el juicio por estos hechos, el procesado se mostró conforme con las penas solicitadas por la Fiscalía, por lo que ahora ha sido condenado a dos años y medio de prisión y a 288 días de trabajos en beneficio de la comunidad y no podrá aproximarse a su exesposa ni comunicarse con ella durante 20 años.
Todo ello como responsable de un delito de maltrato habitual, otro de quebrantamiento de medida cautelar, tres delitos de maltrato no habitual y dos delitos de violencia doméstica no habitual, agravados por haber cometido los hechos en el domicilio familiar y en presencia de menores.
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