ECONOMÍA
La banca deberá avisar a sus clientes de productos que no les convienen
La CNMV intenta evitar que se repita el escándalo de las preferentes, colocadas entre ahorradores no informados
17.11.12 - 02:02 -
MARÍA JOSÉ ALEGRE | MADRID.
El escándalo de las preferentes, participaciones perpetuas que fueron colocadas por la red de sucursales de las entidades de crédito entre usuarios poco informados que desconocían sus características, no debiera repetirse. Para impedir su comercialización indiscriminada, la banca estará obligada a advertir a los clientes cuando considere que un producto financiero no es adecuado para ellos. Son las normas que la Comisión Nacional del Mercado de Valores se propone imponer, y que acaba de someter a consulta del sector para que, antes del 30 de noviembre, le formule las sugerencias que considere oportunas.
Cuando un cliente se interese por un producto y solicite asesoramiento, recibirá por escrito una descripción de cómo se ajusta a sus objetivos de ahorro y a su perfil de inversor y tendrá que firmar este documento. No es lo mismo el usuario dispuesto a asumir mayor riesgo a cambio de una rentabilidad más alta que quien aspira a cobrar en todo caso, aunque el rendimiento obtenido sea menor. Características como la edad, el patrimonio familiar y el destino futuro de los fondos también son condicionantes decisivos para un inversor de pocos conocimientos financieros.
En los casos en que se lleve a cabo la evaluación de conveniencia de una inversión, el cliente recibirá una copia del documento que recoja el correspondiente informe, que también en este caso deberá ser firmada. Si no se ha podido realizar la evaluación, porque no se ha proporcionado información suficiente, la entidad deberá advertirle y recabar la firma del cliente junto con la expresión manuscrita 'Sin evaluación de conveniencia por información insuficiente'.
Si la entidad considera que el producto no es idóneo para el cliente, deberá advertírselo y, si se trata de un producto complejo, tendrá que recabar su firma debajo de la expresión manuscrita 'Advertido/a operación no conveniente'. Como ratificación del compromiso asumido por la entidad se le exige crear de un registro actualizado de los clientes y productos no adecuados para impedir que se les pueda ofrecer, de forma personalizada, aquellos cuya conveniencia haya sido evaluada previamente con resultado negativo.
La CNMV puede obligar a que, en la información que se entregue a los inversores con carácter previo a la adquisición de un producto financiero y en su publicidad, se incluyan advertencias al público. En especial la de que se trata de un producto no adecuado para inversores no profesionales debido a su complejidad.
Las preferentes han supuesto un dolor de cabeza para la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que antes de que concluya 2012 prevé sancionar a once de las diecinueve entidades que las emitieron. Entre 1999 y mayo de 2011 se alcanzó un importe de 22.500 millones, del que a las entidades sancionadas correspondería la mitad.
Con la crisis, sus propietarios se quedaron pillados, y las entidades han tratado de darles salidas a través del canje por obligaciones convertibles o acciones, es decir, títulos con mayor liquidez. Pero en la banca nacionalizada, Bruselas impone que, a cambio de las ayudas recibidas por las entidades, los dueños de las preferentes soporten una pérdida.
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