Condenado por maltratar a su novia que vivía en un clima de angustia y miedo
Según la sentencia del caso, el acusado ejerció «violencia física y psíquica" sobre su pareja "de manera habitual en forma de insultos, empujones y bofetones»
- EFE
- IRUN
Un hombre ha sido condenado a un año y nueve meses de prisión por maltratar a su compañera sentimental durante los dos años que duró la relación, a lo largo de la cual creó un "clima de angustia y miedo" en la mujer que fue agredida incluso tras conseguir una orden judicial de protección.
Según la sentencia del caso, el acusado ejerció "violencia física y psíquica" sobre su pareja "de manera habitual en forma de insultos, empujones y bofetones, llegando a controlar sus relaciones sociales" desde el inicio de la convivencia en un domicilio de Irun.
A lo largo de este tiempo, el procesado creó "un clima de angustia y miedo" en la mujer "por su trato violento", ya que sometió a su compañera a "continuas vejaciones e insultos, provocando un estado de sumisión permanente" en su víctima a la que, "con ánimo de humillarla", se dirigía con palabras despectivas como: "hija de puta" y "zorra".
La resolución judicial cita un caso concreto ocurrido sobre las 6.30 horas del 17 de diciembre de 2012, cuando la pareja mantuvo una breve discusión, motivada por la "actitud celosa" del hombre, quien propinó a la mujer una bofetada en la cara mientras la insultaba.
Seguidamente, para evitar que la perjudicada abandonara el domicilio, "la agarró del pelo y le dio varias patadas en la pierna izquierda", tras lo que, más tarde, sobre las 21.00 horas, llamó por teléfono a su víctima y le amenazó con matarla "si la veía por la calle".
Unas jornadas después, el 26 de diciembre, un juzgado dictó una orden de protección a favor de la mujer, una medida que el inculpado quebrantó el 28 de abril de 2013, día en el que propinó varios golpes en la cara y el pecho a la perjudicada, a la que también asestó una patada en la pierna izquierda.
Tan sólo dos días más tarde, el hombre fue condenado por estos hechos a seis meses de cárcel como autor de un delito de maltrato no habitual y a otros cuatro por quebrantar la orden de protección, si bien la primera pena le fue suspendida condicionada, entre otros requisitos, a que respetara la obligación de no aproximarse ni comunicarse con su víctima.
A pesar de ello, el 16 de julio, acudió al domicilio de su víctima y, tras "humillarla" con distintas expresiones injuriosas, le pegó una bofetada, la empujó contra la pared, la tiró al suelo y le propinó distintas patadas en los glúteos que ocasionaron distintas lesiones a la mujer de las que tardó cinco días en recobrarse.
Posteriormente, el 18 de julio, permaneció en las inmediaciones del Hospital Comarcal del Bidasoa en donde se encontraba la afectada y llegó a acceder a la zona de observación, en la que fue descubierto por varios agentes de la Ertzaintza.
Durante el juicio por estos hechos, el hombre se mostró conforme con las distintas penas que solicitó la Fiscalía, por lo que ahora ha sido condenado a un año y nueve meses de cárcel y a 363 días de trabajos en beneficio de la comunidad como responsable de un delito de maltrato habitual, dos delitos de maltrato no habitual con la agravante de haberlos cometido en el domicilio familiar, un delito de amenazas y un quinto de quebrantamiento de medida cautelar.
Asimismo, el condenado no podrá comunicarse con su víctima ni aproximarse a ella durante ocho años y nueve meses
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