sábado, 18 de febrero de 2012

35 años de cárcel para el asesino de Yasmín

Noticia publicada en Diario Noticias de Gipuzkoa sección Sociedad , el sábado día 18 de Febrero de 2012.

SOCIEDAD

35 años de cárcel para el asesino de Yasmín

LA PENA ES MENOR QUE LA SOLICITADA POR LAS ACUSACIONES, QUE PEDÍAN 45 AÑOS

El condenado apuñaló a su mujer en Irun e hirió a quien trató de auxiliarla

EFE - Sábado, 18 de Febrero de 2012 - Actualizado a las 05:26h

El condenado habla con su abogado durante la primera sesión del juicio que tuvo lugar en la Audiencia de Gipuzkoa.

(Ruben Plaza)


DONOSTIA. El ciudadano colombiano Edward Enrique San Clemente, declarado culpable del asesinato de Yasmín Rodríguez en mayo de 2009 en Irun ha sido condenado a penas que suman 35 años de prisión por la muerte de su esposa y el intento de asesinato de Juan Pablo Urtizberea, quien trató de evitar el crimen y resultó gravemente herido.

El acusado había sido declarado culpable de asesinato por el jurado popular que juzgó la causa, que también le encontró responsable de los delitos de coacciones, amenazas, lesiones y uno contra la seguridad del tráfico.

Los hechos sucedieron en Irun en la noche del 8 al 9 de mayo de 2009, cuando el condenado embistió con su coche el turismo en el que viajaba su esposa y, posteriormente, la acuchilló, momento en el que Juan Pablo Urtizberea intervino para evitar el asesinato y el acusado le hirió gravemente con una navaja.

La sentencia de la Audiencia de Gipuzkoa impone una pena inferior a la que habían solicitado la Fiscalía, la abogada del Estado y la representación de Urtizberea, que habían pedido 45 años de prisión, mientras que la hija de Yasmín había demandado 45 años y medio y la letrada de la madre de la víctima 45 años y cuatro meses.

Por el asesinato de su esposa, la Audiencia condena al acusado a 18 años y medio, mientras que las heridas infligidas a Urtizberea son constitutivas de un delito de asesinato en grado de tentativa por el que deberá cumplir 10 años de prisión.

Además, la sentencia le condena a dos años y cuatro meses por un delito continuado de coacciones graves, un año y tres meses por amenazas graves y tres años y medio por un delito contra la seguridad vial con lesiones dolosas. El acusado deberá indemnizar con 130.000 euros a Angie, la hija de Yasmín Rodríguez; con 25.000 euros a su madre; y con 35.000 a Juan Pablo Urtizberea.

La sentencia considera probado que en la madrugada del 9 de mayo de 2009 el acusado, quien ejercía "un fuerte control sobre la persona y los movimientos de Yasmín", a la que "perseguía y llamaba constantemente para saber dónde y con quién estaba", embistió con su coche en dos ocasiones el vehículo en el que viajaba su mujer, de la que se había separado en 2007, con una amiga.

La víctima bajó del coche y el acusado se dirigió a ella gritando "que la mato", al tiempo que esgrimía un cuchillo de cocina de un filo de 12 centímetros con el que, "con ánimo de causarle la muerte, asestó a Yasmín una puñalada en el cuello".

En ese momento circulaba en sentido contrario, por la Avenida de Letxumborro de Irun, Juan Pablo Urtizberea, quien fue alertado por los gritos de la amiga de Yasmín y observó al acusado "arrodillado y sentado" sobre la víctima.

La sentencia explica que el ciudadano irunés preguntó al agresor "qué hacía" y al no recibir respuesta "le agarró de la cabeza con su antebrazo para separarle de la otra persona, ya que le pareció que la estaba golpeando".

"En ese instante el acusado, con intención de matarle, le asestó una cuchillada en el abdomen con el cuchillo que portaba", lo que causó a Urtizberea "lesiones incompatibles con la vida", aunque no murió gracias a la rápida evacuación al Hospital del Bidasoa que, tal y como recuerda la Audiencia, se encuentra a unos 200 metros del lugar de los hechos.

"ALEVOSÍA DOBLE" En el caso del asesinato de Yasmín Rodríguez, la Audiencia entiende que "ninguna duda puede caber en cuanto a la intención de matar" y explica que, tal y como determinó el jurado, concurre una "alevosía doble, tanto en su modalidad sorpresiva, como por desvalimiento". A eso se añade la agravante de parentesco, por lo que la Audiencia fija una pena "en la mitad superior que fija la ley para el delito" de asesinato, que puede castigarse con entre 15 y 20 años. Sin embargo, en el caso del asesinato en grado de tentativa, la sentencia impone al acusado la pena más baja, diez años, ya que "no se ha ofrecido por las acusaciones hechos nuevos, complementarios o distintos que justifiquen una agravación punitiva".

Rafaela Romero, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de las Juntas Generales de Gipuzkoa, mostró su "decepción" por que la condena es menor a lo que solicitaba, a pesar de ello dijo que la familia ha obtenido "justicia".

La sentencia puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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